jueves, 21 de enero de 2016

El scrip dividend no es dividendo, según el Banco de España

El dividendo de la banca está en el punto de mira ante los nuevos requerimientos de capital para el sector. El Mecanismo Único de Supervisión europeo ha dejado claro que las entidades que no cumplan, no podrán pagar dividendo. Fuentes del Banco de España han asegurado que el scrip dividend, pago en acciones, no es un dividendo en sentido estricto, porque no supone desembolsar capital.


Ramón G. Cepas http://www.invertia.com
Para evitar que los contribuyentes tengan que rescatar a los bancos, el Banco Central Europeo (BCE) ha puesto en marcha su maquinaria desde que entró en vigor el Mecanismo Único de Supervisión y cada vez exige mayores ratios de capital a las entidades. Una medida que se enmarca dentro de la conocida normativa de Basilea III y que debe estar en vigor en 2019.
Ante estas nuevas exigencias de capital, los bancos que no cumplan deberán suspender el dividendo, ya se han encargado de dejarlo bien claro desde Frankfurt. “La finalidad de esta medida es preservar el capital: cuando la entidad no cumple con unos colchones se limita la salida de beneficios para cumplir”, han asegurado fuentes del Banco de España.
Ante esta situación surge una pregunta recurrente “¿el scrip dividend es un dividendo?”. Según esas mismas fuentes, no hay una norma clara al respecto pero los dividendos en especie no se consideran dividendos al uso ya que no sale dinero de la caja de un banco. 
Las entidades españolas han estado cambiando últimamente su política de remuneración al accionista: desde el pago en especie al dividendo en efectivo. Solo en 2015, los bancos emitieron casi 1.000 millones de acciones para remunerar a los accionistas. Santander fue el primero en anunciarlo, junto con un recorte del dividendo, pero también le han seguido BBVA y el resto de entidades.
Un cambio de paradigma, la vuelta al efectivo, que puede irse al traste ante las nuevas exigencias de Frankfurt. Las fuentes del Banco de España aseguran que todas las entidades españolas cumplen con los requisitos y que por lo tanto no tendrán que recortar sus dividendos. Pero en caso de “vacas flacas”, siempre quedará el socorrido scrip dividend.

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